viernes, 2 de noviembre de 2012

No pagues más IAE de lo que debes...

Si debemos tributar por IAE, hemos de comunicar a la Agencia Tributaria las posibles variaciones que se puedan producir cada año en nuestros elementos tributarios, que formulan precisamente el volumen del impuesto a pagar.

Están obligados a declarar si se factura más de un millón de euros, la cuota que se ha de satisfacer se calcula a partir de una serie de magnitudes denominadas "elementos tributarios", que habremos comunicado previamente a la Administración (Ayuntamiento, Agencia Tributaria, dependiendo de si tenemos que satisfacer cuota local, provincial o nacional). En líneas generales, estos elementos son la potencia de la maquinaria, el aforo o la superficie del local.

Por lo tanto, tenemos la obligación de declarar las variaciones positivas que se produzcan en nuestros elementos tributarios cuando éstas superen el 20 por ciento.
Si las variaciones son negativas, puede comunicarse aunque la oscilación en dichos elementos sea inferior al 20 por ciento.

Dada la situación económica actiual, muchas sociedades se han visto obligadas a reducir su actividad, por lo que es muy posible que sus elementos tributarios, hayan sufrido variaciones sustanciales a la baja (sobre todo la facturación). Esta comunicación puede suponer un ahorro de impuestos.

Tenemos un plazo para realizar esta comunicación, que será de un mes a partir de que hayan tenido lugar, y tendrá efectos sobre la cuota del IAE del año siguiente a aquél en que se produce la variación.

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